El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Humahuaca,…
Sanciona la Ordenanza Nº 696/09
PROTECCIÓN DEL SITIO ARQUEOLÓGICO
SANTA BÁRBARA-HUMAHUACA
ARTICULO 1º:
Reconociendo que es una
potestad propia del Departamento Ejecutivo, proceda el mismo a revocar el
decreto administrativo 1909/1248 de la gestión anterior, y concomitantemente a
la reubicación del beneficiario de la adjudicación municipal del Lote 1 de la
Manzana 96 y otros en idéntica situación, como así también, dictamine en forma
inmediata la suspensión de las obras en construcción que se efectúen en el
inmueble antes mencionado.
ARTICULO 2º:
La puesta en valor del “Sitio
Arqueológico Santa Bárbara-Humahuaca”, ancestralmente conocido por las
comunidades originarias del Pueblo Omaguaca, con el nombre de Lugar Sagrado El
Antigal, ubicado actualmente en el Barrio Santa Bárbara de la Ciudad de
Humahuaca, deberá estar a cargo de la Unidad de Gestión de Patrimonio
conjuntamente con la Comisión que para tal fin, designen las Comunidades del
pueblo Omaguaca, entre otras.
ARTICULO 3º:
Proceda el Departamento
Ejecutivo a realizar las tareas de delimitación, protección y cercado
perimetral del “Sitio Arqueológico Santa Bárbara”, las que se harán en forma
conjunta, con la activa intervención de la Secretaría de Cultura y Turismo del
Gobierno de la Provincia de Jujuy, garantizando la participación permanente de
los representantes, que para tal fin, designen las Comunidades del pueblo
Omaguaca, entre otras.
ARTICULO 4º:
Una vez delimitado el
Sitio Arqueológico Santa Bárbara, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá
abstenerse de promover y/o proyectar acciones tendientes a la urbanización en
el radio de cincuenta (50) metros a la redonda del mismo.
ARTICULO 5º:
La erogación que demande
el cumplimiento de la presente norma será solventada por el presupuesto en
vigencia.
ARTICULO 6º:
Envíese copia de la
presente normativa a la Comisión de Ecología, Recursos Naturales y Ambiente
Humano de la Legislatura de la Provincia de Jujuy; a la Secretaría de Cultura y
Turismo de la Provincia de Jujuy; a la Coordinación de Patrimonio y Museos; a
la Unidad de Gestión de Patrimonio, y a los referentes de las diferentes
Comunidades y Organizaciones Aborígenes del Pueblo Omaguaca del Ejido
Municipal.
ARTICULO 7º:
Dése la más amplia
difusión. Pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido archívese.
Dado en la sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la
Municipalidad de
Humahuaca a los 22 días del mes de diciembre de 2009.
ARIEL GUSTAVO VARGAS MARCELO ALEJANDRO CÁCERES
Secretario Parlamentario Presidente
CONCEJO DEIBERANTE HCA. CONCEJO DELIBERANTE HCA.
Fuente: CDMH
No hay comentarios:
Publicar un comentario